Propaganda anticipada y ofensiva

A través de las redes sociales se denunciaron más de 3 mil 500 actos de campaña electoral anticipada llevada a cabo por las organizaciones políticas durante la Semana Santa, a raíz de que la página de Facebook la Inspectoría General del Tribunal Supremo Electoral (TSE) solicitara a los ciudadanos enviar fotos de los presuntos actos propagandísticos.


Entre las fotos destacan alfombras procesionales con logos de partidos hasta edecanes con bikinis promocionando a opciones políticas. Por cierto, las alfombras procesionales con fines politiqueros han sido particularmente repudiadas a nivel de la opinión pública, porque suponen una falta de respeto a una tradición cristiana que honra la pasión, muerte y resurrección de Jesucristo, y llama a la reflexión y la reconciliación en el amor de Dios.

Empero, lo que más causa rechazo es la abierta burla y desacato a la autoridad electoral, que en varias oportunidades ha amonestado, multado y suspendido a partidos y precandidatos que han realizado propaganda anticipada, de manera directa o indirecta (a través de organizaciones paralelas a los partidos).

Inequívocamente, la ciudadanía espera que el TSE adopte decisiones drásticas de cara a estas nuevas actitudes rebeldes de partidos y políticos, que ponen de manifiesto que el ordenamiento jurídico del país les tiene sin cuidado y anticipa que cuando estén en posesión de los cargos públicos de elección popular abusarán de la autoridad y no se apegarán a la ley.

En nuestra opinión, el Artículo 21 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) concede al TSE la autoridad suficiente para imponer, a título de sanción administrativa, que lo gastado en propaganda anticipada se abone al límite máximo autorizado de gastos de campaña, que no se inscriba como candidatos a aquellos que no hubieren cesado en su actividad propagandística, a pesar de las prevenciones del TSE, y la cancelación definitiva de los partidos que hubiesen invertido en propaganda anticipada, obviamente fuera del límite máximo autorizado de gastos de campaña electoral, toda vez que este operará hasta que se haya realizado la convocatoria a elecciones generales, que ocurrirá el sábado 2 de mayo de 2015.

El gobierno central y los gobiernos locales, a pesar de las prevenciones del TSE, tampoco han cesado en su frenética actividad propagandística en función de apuntalar al oficialismo, a pesar que la Constitución y la LEPP prohíben que los funcionarios favorezcan a partido político alguno, que los recursos públicos no se destinen a propaganda política y que los candidatos a la reelección no echen mano de los recursos y obras públicas para fines electorales. Por tanto, procedería que el TSE acciones penalmente en contra de los responsables.

Publicado el 08 de abril de 2015 en www.elperiodico.com por Editorial El Periódico
http://www.elperiodico.com.gt/es/20150408/opinion/10906/Propaganda-anticipada-y-ofensiva.htm

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