Vallas publicitarias, pintas en paredes, piedras, puentes, postes con los colores de los partidos, mensajes radiales o televisivos, son algunas de las acciones de las cuales se valen las agrupaciones políticas para promover a sus posibles candidatos o instar a los ciudadanos a apoyar su partido.
La fecha en que los guatemaltecos acudirán a las urnas, aún no ha sido definida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Además no se ha hecho la convocaria oficial y solo se sabe que será en la primera quincena de septiembre. Pese a ello los partidos realizan actividades que son una clara violación a la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
A la fecha, el TSE ya se ha visto en la necesidad de imponer 45 multas que oscilan entre los US$100 y US$125 a varias organizaciones políticas así como a alcaldes municipales.
Entre los que encabezan la lista de los violadores de la Ley Electoral está el Partido Patriota, seguido por el Lider, Partido Unionista, Viva y luego lo empatan el ADN, UNE, Gana y Victoria, entre otros, que a pesar de ser multados no han retirado su propaganda como lo exige la Ley.
Según la presidenta del TSE, María Eugenia Villagrán, no cuentan con presupuesto para hacer cumplir la Ley, específicamente el Artículo 68 del Reglamento, el cual establece que al determinar que existe campaña anticipada deberá proceder inmediatamente a retirar la propaganda. “La Ley permite sancionar e imponer multas a los partidos, sin embargo la mayoría de las agrupaciones presentan apelación”, asegura.
Para el politólogo Hans Quevedo el incumplimiento de la Ley, es falta de liderazgo de los magistrados del TSE, sumado al desconocimiento o mala interpretación de la Ley por parte de los partidos.
“Lo único que hacen es enviarle un oficio a las agrupaciones políticas pidiéndoles que retiren las vallas, cuando según la Ley, con apoyo de la autoridad municipal respectiva, Policía Nacional Civil o ministerios específicos, luego de determinar que existe campaña anticipada, debe el Tribunal proceder a retirar los rótulos; sin embargo, ya sea por miedo o por intereses los magistrados no actúan”, agregó.
TSE sin presupuesto para hacer cumplir la ley
Villagrán, manifestó que en octubre pasado se presentó una iniciativa que pretende modificar varios artículos. En la misma se acuerda imponer multas más drásticas que van de US$50 hasta US$100 mil, dependiendo de la gravedad del hecho cometido.
Uno de los artículos a modificar es el 219, donde se define la propaganda como “toda actividad organizada y llevada a cabo por los partidos políticos, comités cívicos electorales, encaminada a la “promoción de candidatos, difusión y explicación de sus programas de Gobierno, utilizando para ello los medios de comunicación auditivos, visuales, interpersonales y redes sociales o cualesquiera otros medios que en el futuro se creen”.
Mientras tanto, el proselitismo es descrito como “el derecho de las organizaciones políticas a dar a conocer su nombre, emblema, y su llamamiento a la afiliación”.
Los magistrados solicitaron
a sus dependencias revisar el Artículo 219, para evaluar la posibilidad de multar a las agrupaciones políticas por cada valla colocada. “Esta decisión fue tomada debido a que los partidos políticos se niegan a retirar la propaganda, explicó Karla Alvarado, vocera de la institución.
El próximo 7 de febrero en la Plaza de la Constitución los diferentes partidos firmarán un pacto ético político para las elecciones generales 2011, en el cual se comprometen a cumplir con una serie de puntos acordados; sin embargo, varios de estos puntos son disposiciones establecidas en la Ley.
Daño al medio ambiente
El incumplimiento de la normativa Electoral, no solo se limita al tema de campaña anticipada. El Artículo 67 del Reglamento prohíbe la colocación de rótulos o carteles en montañas, cerros y laterales de carreteras, así como valerse de cualquier otro procedimiento que afecte el entorno natural.
Yuri Melini, director del Centro de Acción Legal-Ambiental y Social (CALAS), manifestó que las pinturas utilizadas independientemente si son a base de agua, acrílicas o de aceite, siempre afectarán el suelo. Agrega que la pintura de aceite contiene plomo y aunque posteriormente intenten borrarla, el impacto ambiental es permanente. En otros casos las pinturas son imborrables y las pintas perduran años. “Si los partidos políticos no cumplen la Ley, es difícil que cumplan con las promesas que hacen en el tema ambiental”.
“En los próximos días lanzarán una campaña para invitar a los ciudadanos a emitir un voto consciente y exigir a los políticos incluir en sus planes la protección del ambiente”, dijo.
Melini dijo que presentaron al TSE una solicitud para que a través del Ministerio de Ambiente se exija a los partidos que presenten un Estudio de Impacto Ambiental. “Existe contaminación visual, auditiva y al entorno natural. Es responsabilidad de los magistrados hacer que se cumpla la Ley”.
En tal sentido, Ana de Pacheco, directora general de Cumplimiento Legal, del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), dijo que en la anterior campaña electoral fueron varias las denuncias presentadas por ciudadanos en contra de la contaminación visual, auditiva y atmosférica generada por los partidos políticos.
A la fecha no han recibido ninguna; sin embargo, considera que como ente rector de la protección y mejoramiento del ambiente, se debe educar a la población. “Por escrito, solicitamos a la presidenta del TSE a instar a las diferentes organizaciones de que cumplan con la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente”.
Agrega que en las elecciones pasadas se hizo un plan denominado “Por unas elecciones limpias sin contaminación”, sin embargo no obtuvieron ninguna respuesta por parte de dicha institución.
“Una propuesta parecida se presentará en esta ocasión, la cual contiene una serie de recomendaciones tales como:
utilizar material reciclable, evitar el desbordamiento de la propaganda electoral, que se incluyan mensajes para mantener limpio el país, así como abstenerse de distribuir volantes a través de diferentes medios”, concluye.
60% DE VALLAS Y MUPIS USADOS POR POLÍTICOS
>En la Ciudad de Guatemala, según información proporcionada por la Municipalidad capitalina, existen 1,210 vallas unipolares y 1,500 mupis, autorizados. Del total, según datos recabados por “elPeriódico”, un 60 por ciento es utilizado por los partidos políticos, quienes ya tienen contratos para los próximos 7 meses.
>Según cotización realizada por elPeriódico el precio de cada cara en los mupis es de US$250 catorcenales (precio corporativo, el precio regular es de US$330). No obstante, con paquetes especiales y bonificaciones en promedio cada cara es vendida a US$166. Publicitarse en las vallas dependiendo del tamaño puede costar alrededor de US$500 catorcenales.
Acerca de las sanciones
>Hasta el mes de enero el TSE ha interpuesto 45 sanciones a varias organizaciones políticas así como a alcaldes municipales. En algunos casos son apercibimientos y en otros son multas de US$100 y US$125.
Partido Sanciones
- PP 8
- Líder 7
- PU 6
- Viva 4
- ADN 3
- FRG 1
- Gana 3
- EG 1
- MIO 1
- Victoria 3
- UNE 3
- Creo 2
- PAN 1
- José Antonio Coro 1
- Alcalde Santa Catarina Pinula
- Flavio José Jojcom 1
- Alcalde San Juan la Laguna, Sololá
Prohibiciones según la Ley
SON ILEGALES:
>Los mensajes escritos sobre asfalto o pavimento de carreteras y sobre adoquín o empedrado de calles urbanas. Está prohibición incluye el uso de yeso, pintura, papeles con pegamento o adheridos, plástico u otros medios.
>Rótulos o carteles en montañas, cerros laterales de carreteras, así como valerse de otros procedimientos que afecten el entorno natural.
>Letreros pintados o pegados, en puentes, edificios o monumentos públicos o casas y edificios privados, salvo si se cuenta con permiso escrito de los propietarios.
>Propaganda que se valga de creencias religiosas para influir en los ciudadanos a que se adhieran o se separen de partidos o candidaturas determinadas.
>Publicitar actividades benéficas con objetivos políticos y hacer propaganda anónima.
>Usar vehículos con altoparlantes antes de las 7 horas y después de las 20.
>Que funcionarios públicos se dediquen, durante la jornada de trabajo a llevar a cabo actividades de carácter político-electoral.
>Utilizar con fines proselitistas, los recursos o bienes del Estado.
Reacciones
■ Adela Camacho de Torrebiarte
Secretaria General Acción de Desarrollo Nacional (ADN)
“Es necesaria una reforma a la Ley para definir qué es proselitismo y qué es campaña anticipada. Hay partidos que tienen mucho dinero y desde hace un año están realizando precampaña. Hay temas en la Ley que deben ser reformados. A nosotros se nos hizo un apercibimiento y ya pedimos se retire la propaganda que habíamos colocado”.
■ Alejandro Sinibaldi
Partido Patriota (PP)
“Lo que sucede es que la campaña está tipificada en la Ley como el acto de promover a una persona para un puesto, llamar a la población al voto y promocionar el emblema del partido. Hasta el momento no he visto que alguien lo esté haciendo. Con respecto a las multas, iniciamos un proceso legal, no para evadir el pago, sino para que se determine la inexistencia de la campaña anticipada.
■ César Fajardo
Presidente de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso
“Desde hace 3 años se presentó una reforma integral a la Ley, la misma se encuentra en la Dirección Legislativa. Asimismo, el TSE presentó una iniciativa en el mes de octubre, no sé la razón por la que no ha sido del conocimiento del Pleno. En la misma se habla de imponer sanciones más fuertes”.
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