De las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos

Ojalá los recursos se invirtieran en un desempeño idóneo de los partidos.

Los esfuerzos de distintos sectores convencidos que hay leyes que por su extensión regulatoria requieren de actualizaciones periódicas, quedan frustrados ante la resistencia de los partidos políticos a modificar aquellas normas que les limiten el poder de manera efectiva a los requerimientos institucionales y el respeto a la ley.

 Ejemplo de ello son las omisiones en la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, aprobada en primera lectura el último jueves, en la que constan algunos cambios positivos, pero insuficientes, otros innecesarios y otros más que van en contra de las expectativas de los ciudadanos.

 Se incluyen temas como el financiamiento a los partidos, fiscalización, la definición de qué es propaganda y qué es proselitismo, la ampliación de los requisitos para constituirse en partidos políticos; la cancelación en caso de no alcanzar un número de votos que supere del 0.5 por ciento del padrón electoral o la elección de un diputado, entre otras, pero también ignorando reflexiones y propuestas provenientes de otras instancias.

 El pago por voto válido emitido, que actualmente se sitúa en los US$2, se duplica al doble, US$4, desviándose más recursos del Estado en financiar  a los partidos políticos. Y es que ojalá se invirtiera en la superación de las deficiencias que hoy manifiestan estas organizaciones y que no fuera a parar a cuentas personales. Lo difícil será fiscalizar los gastos.

 Por su parte, es evidente la inamovible posición de los diputados en cuanto al número de integrantes que sube a 160 en vez de reducirse a 100 u 80 como lo establecen los Acuerdos de Paz, y como es aspiración de la mayoría de ciudadanos. La percepción general es que con los tributos que paga la población se mantiene a un enorme grupo de personas que lejos de llenar las expectativas de nación, se ha convertido en el engranaje roto que impide retomar la gobernanza del país.

 En relación al financiamiento de las campañas y la fiscalización, se incluyen mecanismos de control radicales como la contratación directa del TSE con los medios de comunicación, prohibiendo paralelamente que éstos contraten de manera directa dirigida exclusivamente al periodo legal. Esta regulación provoca reservas en cuanto a violentar el ejercicio de libertades contenidas en la Constitución.

 En esencia, la reforma impone multas más severas, que oscilarán del uno al 25 por ciento de la deuda política. Pero hace dudar la efectividad de la misma, ya que la sanción pecuniaria no parece surtir efecto disuasivo como lo muestra la campaña extemporánea y sin control que hoy se sufre.

 Otro problema, en este caso, es la discrecionalidad para las autoridades encargadas de fijar la sanción económica, ya que al no puntualizar cuándo y cuánto se abren espacios para el tráfico de influencias y se estimula la corrupción.

 Plasmar la diferencia entre el proselitismo y (propaganda) “campaña” resulta pertinente al relacionarse con las publicaciones en medios de comunicación destinadas a “inducir el voto a favor de un “candidato” o partido. ¿Pero y las vallas, mupis, pintas, etcétera?

 Y ¿qué pasa con todo el gasto en que incurren de manera continuada, no en actividades de capacitación o proselitismo partidario, sino en promover a “los dueños del partido” que hasta se autodenominan precandidatos?

 Me parece impostergable el Artículo 1 que se refiera al ejercicio del voto en el exterior y se espera que, más allá del formalismo, ese derecho sea realidad y no únicamente una forma de ganar votos al congraciarse con esa población trabajadora que tanto aportan a sus familias, pero también a la Nación.

Publicado el 29 de octubre de 2013 en www.elperiodico.com.gt por Marta Altolaguirre
http://www.elperiodico.com.gt/es/20131029/opinion/236935/

 

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