Intereses ocultos de la Iniciativa de Ley 4084

Los análisis jurídicos de la Cámara del Agro han enfatizado que esta ley desvincula y quita la responsabilidad de los entes, que según la constitución, son los encargados de velar por el desarrollo rural del país. Además, invade de manera directa las facultades de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, el cual es coordinado por el presidente. Según la ley, “Esta función que no se puede delegar en ninguna otra persona, cooperación internacional u ONG”, como lo pretende la Ley 4084.

Presiones sobre el Congreso para aprobar la Ley 4084

Ejecutivo presiona a legislativo para que se apruebe de manera irresponsable el proyecto de ley 4084

Esta versión es verificada por el abogado y exmagistrado de la CSJ José Quesada, publicada en Siglo XXI, donde enfatiza que la creación de un ministerio que prevee la ley es inconstitucional. “La Constitución señala en su artículo 183 las obligaciones del Presidente e indica que debe coordinar, en Consejo de Ministros, la política de desarrollo de la nación. Expresa específicamente que las iniciativas de la política de desarrollo de la Nación deben surgir del Consejo de Ministros, no de un ministerio específico, ni de uno nuevo ni de cualquier otra institución. Y no solo señala al órgano, sino que las normas anteriores le indican que debe hacerse con la descentralización y protección al derecho de propiedad. Por eso es inconstitucional cualquier norma legislativa ordinaria que no cumpla, no aplique o tergiverse la normativa jerárquicamente superior”

Respecto de la revisión de los tratados y convenios internacionales, la Constitución es clara y prevé que sea la Banca Central quién realice todas la políticas cambiarias y crediticias favorables al desarrollo de la economía de la nación. Muchas de las disposiciones contempladas en la 40–84 vendría a restar control o crear duplicidad de funciones con entidades que ya tienen por mandato la obligación de ejercer estos controles.

Creación de un ejército de burócratas

Por su lado, el economista, José Raúl González Merlos, en su análisis Subdesarrollo Rural, “la ley 4084 beneficiará a pocos y perjudicará a muchos”, detalla que un nuevo “Ministerio de Desarrollo Rural Integral” creará otro ejército de burócratas que, inmeditamente, se sindicalizará para demandar nuevas prestaciones laborales. El “desarrollo rural”siempre podrá esperar.

Dicen que ese ministerio debería tener un presupuesto de Q1,700 millones. Ciertamente vale la pena luchar por esa “conquista”. El modus vivendi de los promotores de la ley depende de un gobierno cada vez más grande para extraerle más rentas. ¿Cómo dejar pasar la oportunidad de saquear semejante botín económico? Pero al botín económico se debe agregar el jugoso botín político. El nuevo ministro será el “rector” de 10 “políticas de desarrollo rural” con el poder para “reformar y democratizar el régimen de uso, tenencia y propiedad de la tierra, desincentivando su concentración”. El sueño mojado de cualquier político: amplios poderes legales para extorsionar a terratenientes. Si la ley manda “desincentivar” la concentración de tierra, pongamos un impuesto especial a las fincas que no nos gusten, por ejemplo. Al fin y al cabo, no necesitamos expropiar para “desincentivar”; con destruir su viabilidad económica es suficiente.

También asegura que, el concepto de “soberanía alimentaria” es otro que nos regresa 500 años; cuando las personas comían solamente lo que cultivaban, si el soberano les daba permiso. Dice la ley que “el Estado define soberanamente la modalidad, época, tipo y calidad de la producción alimentaria…”. Los cultivos podrán, o no, ser autorizados por “expertos” que tendrán como criterio, entre otros, la “pertinencia cultural” de tales alimentos”, sostiene González Merlo.

Por su lado, la Cámara del Agro en sus análisis jurídicos también prevee que la iniciativa de Ley 4084 podría violar la constitución. Respecto de la revisión de los tratados y convenios internacionales, la Constitución es clara y prevé que sea la Banca Central quién realice todas la políticas cambiarias y crediticias favorables al desarrollo de la economía de la nación. Muchas de las disposiciones contempladas en la iniciativa 4084 vendría a restar control o crear duplicidad de funciones con entidades que ya tienen por mandato la obligación de ejercer estos controles.

 

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