De acuerdo con la LEPP, la referida Comisión de Postulación deberá integrarla el Rector de la Usac, el Decano de Derecho de la Usac, un representante del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), un representante de los rectores de las universidades privadas y un representante de los decanos de Derecho de las universidades privadas. Cada uno deberá tener un suplente.
Por tanto, dado que el Congreso deberá juramentar e instalar la indicada Comisión de Postulación a mediados del mes de enero del año entrante, con el propósito de que los nuevos magistrados del TSE puedan tomar posesión de sus cargos al inicio del periodo de funciones que contempla la LEPP (20 de marzo de 2014), el CANG deberá convocar una asamblea de sus colegiados activos, a fin de que en ella se elija a sus representantes titular y suplente. Asimismo, los rectores y decanos de derecho de las universidades privadas deberán designar a sus respectivos representantes (titulares y suplentes).
De 1983 al 2002 hubo preocupación porque se mantuviera la calidad e independencia de los magistrados del TSE. No obstante, en el 2002, época en que el “eferregismo” dominaba el Congreso, se cayó en la tentación de elegir magistrados que estuvieran predispuestos a inscribir la inconstitucional candidatura presidencial de Efraín Ríos Montt, por lo que se politizó la respectiva integración.
Ojalá que esta vez tanto comisionados como congresistas privilegien el mérito, la independencia de criterio, la integridad personal y la excelencia, aunque estamos convencidos que la partidocracia propugna por todo lo contrario, ya que su intención y pretensión siempre ha sido y es la cooptación del TSE para sus perversos fines politiqueros, ni más ni menos. Solo los ciudadanos, en el ejercicio de su derecho de resistencia, pueden frustrar esta perversa actitud partidocrática.
Publicado el 20 de noviembre de 2013 en www.elperiodico.com.gt por Editorial El Periódico http://elperiodico.com.gt/es/20131120/opinion/238254/
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