Diputados aprueban la Ley de Avisos Electrónicos

El pleno del Congreso aprobó la tarde de este martes el decreto 24-2018, con el que se crea la Ley de Avisos Electrónicos. A partir de ahora existirá un portal electrónico donde las personas podrán obtener, sin costo, información de leyes y reglamentos.Con el voto favorable de 84 diputados se creó el decreto que obliga a la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional a crear y mantener la página electrónica llamada: Portal Electrónico del Diario de Centro América.

Según la nueva legislación, en dicho portal se garantizará “el acceso público y gratuito para todas las publicaciones obligadas por la ley o reglamentos” e indica que “un arancel dispondrá el precio de las publicaciones, sus modalidades y certificaciones”.

También señala que la referida Dirección General deberá emitir las certificaciones de la información publicada en el portal en forma física y electrónica, la cual gozará de validez jurídica para todos los asuntos o negocios de carácter público o privado.

En el decreto se establece que a partir de la creación del portal electrónico se suprime la obligación contenida en cualquier ley, reglamento o disposición, que ordene una publicación en el Diario Oficial o diario de mayor circulación, la que se sustituirá por la obligación de publicar en el Portal Electrónico del Diario de Centroamérica.

“Esta ley no aplica a casos contemplados en leyes calificadas como constitucionales y las leyes que requieran mayorías especiales para ser aprobadas, las que deberán seguir sus procedimientos específicos para ser modificadas a efecto de incluir la aplicación de la presente ley”, señala el decreto.

También se excluyen “los mecanismos de publicación establecidos en el artículo 343 del Código de Comercio, articulo 31 del Decreto Número 3-2013 del Congreso de la República y los demás registros públicos que por ley, ya cuentan con medios de comunicación electrónico para la publicación de sus avisos o edictos, los que deberán efectuarse por esa vía”.

También hay una excepción de publicación en el Portal Electrónico para “las enajenaciones y licencias de uso de marcas, nombres comerciales y señales de publicidad, los cambios de nombre, solicitudes de denominaciones de origen e indicaciones geográficas, así como las solicitudes de patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales”,

Las patentes, modelos y diseños “regirán su procedimiento de publicación con base en lo establecido en el artículo 31 del decreto 3-2013” y debe publicarse en el Boletín Oficial del Registro de la Propiedad intelectual y aplicase el arancel que corresponda.

Dicho decreto entrará en vigencia 30 días después de que sea publicado en el Diario de Centro América.

Escaso avance

En la sesión plenaria de este martes, además del decreto no se registró mayor avance en la agenda legislativa.

El pleno solo discutió en primer debate el dictamen que busca aprobar reformas al Código de Comercio, que tienen que ver con emisión de cheques.

Debido a que el tablero nunca superó los 105 diputados presentes en el hemiciclo parlamentario no pudo discutirse en primer debate la iniciativa de ley que busca reformas a la Ley Orgánica de la Escuela Nacional de Central de Agricultura (ENCA).

Tampoco fue posible discutir y votar en tercer debate los iniciativas que buscan aprobar la ley Orgánica de la Procuraduría General de la Nación y la ley de para el Fortalecimiento de la Fiscalización de la Contraloría General de Cuentas.

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