El derecho de antejuicio se ha convertido en una verdadera licencia para delinquir, muy conveniente para la clase política en Guatemala. Sin temor a equivocarnos, todos los politiqueros se desvelan por adquirir este patético escudo de impunidad.
El derecho de antejuicio o de desafuero, según la Ley en Materia de Antejuicio, es la garantía que la Constitución otorga “a los dignatarios y funcionarios públicos de no ser detenidos ni sometidos a procedimiento penal ante los órganos jurisdiccionales correspondientes, sin que previamente exista declaratoria de autoridad competente que ha lugar a formación de causa, de conformidad con las disposiciones establecidas en la presente Ley. El antejuicio es un derecho inherente al cargo, inalienable, imprescriptible e irrenunciable”.
Para ninguno es un secreto que las diputaciones y las alcaldías son extremadamente apetecidas por los politiqueros, al extremo que se paga por ser postulado como candidato a esos cargos. No importa el salario que se devengue (esto es irrelevante), ya que detrás de lo que se va es del derecho de antejuicio, es decir, de la licencia para delinquir. Tanto es así que ha trascendido que quienes aspiran a dichas postulaciones pagan, en concepto de derecho de llave, más que lo que van a devengar durante todo el período de sus funciones, sin perjuicio, por supuesto, de la inversión en proselitismo y propaganda.
Sin duda, la construcción del Estado de Derecho a partir de la promulgación de la actual Constitución ha sufrido un rezago lamentable, en gran medida debido al derecho de antejuicio, que ha sido utilizado de manera abusiva por los regímenes de turno, para garantizarse impunidad. Ni bien se había iniciado el proceso de democratización cuando de tajo se dio un “golpe de impunidad” bajo el escudo del antejuicio. Recordamos con grima el antejuicio del diputado democristiano Elián Darío Acuña, sindicado de homicidio.
En tiempos del régimen eferregista (2000-2004) se fortaleció el escudo de impunidad. Al efecto, se emitió la Ley en Materia de Antejuicio, en la que se establece que si se declara con lugar un antejuicio, es decir que si a un funcionario se le despoja de su inmunidad, no queda automáticamente suspenso en sus funciones, sino que para el efecto es necesario que el respectivo tribunal lo envíe a prisión. O sea que si el funcionario (diputado, alcalde y demás) paga una fianza (medida sustitutiva) para no ir la cárcel puede seguir en el desempeño de su cargo, a pesar de estar procesado.
Sin duda, el derecho de antejuicio retrata a nuestra clase política y evidencia que no existe visión de país ni ninguna intención en fortalecer el Estado de Derecho. “Ande yo caliente, ríase la gente”, dice el refrán. Por tanto, ha llegado el momento de analizar la reforma substancial de la institución del antejuicio o, en su caso, la supresión del mismo.
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