Intervención del Poder Judicial

Tanto la elaboración de las nóminas de candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de la Corte de Apelaciones (CA) como la elección de magistrados de la CSJ y de la CA por los diputados, producto de un espurio pacto político-partidista, se llevaron a cabo en abierta violación del párrafo segundo del Artículo 209 de la Constitución, que establece la Carrera Judicial y ordena que los ingresos, ascensos y promociones en el Organismo Judicial, cuya función principal es la administración de justicia pronta y cumplida, deben ser por oposición, así como contra la Ley de la Carrera Judicial (cuyas normas son de carácter especial), que dispone que las Comisiones de Postulación de candidatos a magistrados son órganos responsables de la Carrera Judicial.


Como es del conocimiento público, los comisionados y diputados no respetaron la Carrera Judicial ni evaluaron a los aspirantes y candidatos mediante oposición, o sea a través de concursos, exámenes y ejercicios que arrojaran resultados objetivos e incontrovertibles. Por el contrario, los comisionados calificaron subjetiva y antojadizamente a los aspirantes, y los comisionados y congresistas se limitaron a votar a favor o en contra de los aspirantes o candidatos sin expresión de causa.

Además de estos graves vicios, el proceso de postulación de candidatos a magistrados de la CSJ y de la CA también estuvo ensombrecido por las siguientes irregularidades que no fueron subsanadas: 1) La CSJ delegó en el Instituto de Magistrados de Apelaciones la elección de representantes de los magistrados de la CA ante la Comisión de Postulación de candidatos a magistrados de la CSJ; 2) En las planillas de candidatos a representantes del Colegio de Abogados ante las Comisiones de Postulación de candidatos a magistrados, patrocinadas por el oficialismo y sus aliados, se incluyeron a jueces, lo que resultaba incompatible e improcedente; 3) Comisionados se presentaron como aspirantes a candidatos a magistrados, evidenciando un claro conflicto de interés; y 4) Jueces de Primera Instancia y de Paz, sin ejercicio de la abogacía, fueron aceptados como aspirantes y candidatos a magistrados de la CSJ y de la CA, y resultaron electos.

Pero todavía hay más. En contravención de los principios de separación de poderes e independencia judicial, funcionarios y empleados del Organismo Ejecutivo, incluyendo al Procurador General de la Nación (PGN) y al Secretario General de la Presidencia, se presentaron como aspirantes a magistrados y fueron admitidos como legítimos aspirantes por las Comisiones de Postulación. Posteriormente, muchos de ellos fueron incluidos en las respectivas nóminas de candidatos a magistrados por los comisionados y electos por los diputados. Sin duda, la elección del PGN como magistrado de la CSJ es la mayor evidencia de que el Poder Judicial fue intervenido por el régimen político de turno.

Publicado el 06 de octubre de 2014 en www.elperiodico.com.gt por Editorial El Periódico
http://www.elperiodico.com.gt/es/20141006/opinion/2875/Intervenci%C3%B3n-del-Poder-Judicial.htm

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