Constitucionalmente insostenible

Si intervienen la SAT se violarán artículos de la Carta Magna.

Entre los miembros asociados al Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), ha sido patente el duelo ante el fallecimiento de su socio fundador, el ilustre abogado Eduardo Palomo Escobar, quien siempre con convicción y entusiasmo promovió la efectividad de la Constitución Política de la República y el respeto de sus normas. Un expresidente que hará falta y que siempre será recordado.

 Precisamente, en la línea de sus objetivos, la semana anterior el Cedecon hizo circular un pronunciamiento sobre la propuesta del Presidente para intervenir la Superintendencia de Administración Tributaria, así como de las aduanas adscritas a esta.

 Las razones que se esgrimen para proceder en esa vía, se refieren principalmente al afán por incrementar la recaudación de impuestos provocando la activación de una alerta, ya que es conocido que buena parte de los resultados impositivos son producto de la desafortunada reforma fiscal. Lo que debe de buscarse son leyes claras que den certeza a los importadores y exportadores y no buscar una supuesta solución ampliando las facultades arbitrarias para cumplir determinadas metas “a como dé lugar”.

 En el sentido estrictamente legal, hay también reservas en cuanto a utilizar como justificación de la intervención, las falencias en las aduanas y la Superintendencia, ante presuntos hechos de corrupción y del creciente contrabando. Lo que se requiere es más vigilancia fronteriza y deducir responsabilidades a quien corresponda.

 Efectivamente, las aduanas desde décadas atrás, han sido instancias apetecidas por la flexibilidad de la que gozan sus autoridades, pero si lo que se quiere es resolver el problema lo que corresponde es la adquisición de tecnología idónea y no promover intervenciones que a todas luces violentan la ley.

 Cabe reflexionar que lamentablemente todas las instituciones denotan ineficacia y también corrupción en muchos casos, pero en buena parte se debe a las facultades discrecionales otorgadas a funcionarios y empleados, y al descontrol administrativo. Sin embargo, ni lo uno ni lo otro justifica la intervención y en ningún momento pueden ser sustento de decisiones insostenibles constitucionalmente. Por ello, uno se pregunta si lo que se busca es una fórmula para continuar concentrando el poder en el Ejecutivo, contrariando el principio de descentralización tan importante para un efectivo equilibrio del poder.

 El Cedecon en su comunicado recuerda que son funciones del Presidente de la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, y entre otros, administrar la Hacienda Pública con arreglo a la ley.

 Recuerda también que la SAT no es una empresa, ni presta un servicio público esencial, sino es una Superintendencia de recaudación de tributos que como bien lo indica el artículo de su Ley Orgánica, se crea como una entidad estatal descentralizada, que goza de autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa, así como de personalidad jurídica, y un patrimonio y recursos propios.

  Concluye el Cedecon que si se diera la eventual intervención de la SAT, se estarían violando los Artículos 120 y 183, literal q), de la Constitución Política de la República, haciendo temer que en el futuro puedan ignorarse los límites jurídicos, dando pábulo a la intervención de cualquier entidad y el consecuente efecto de una creciente concentración de poder contrario al principio de descentralización, consagrado en la Constitución, aconsejable para la administración de un Estado republicano y democrático.

 
Publicado el 23 de octubre de 2013 en www.elperiodico.com.gt  por Marta Altolaguirre
http://www.elperiodico.com.gt/es/20131022/opinion/236544/

 

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