CC declara inconstitucional otra norma tributaria

En sentencia de fecha 29 de agosto de 2013, dictada por la Corte de Constitucionalidad (CC) dentro del expediente nro. 5094-2012, se declaró inconstitucional (incompatible y violatoria de la Constitución) otra norma de las Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y al Contrabando, Decreto nro. 4-2012 del Congreso, conocida como Ley Antievasión II, que, junto con la Ley de Actualización Tributaria (Decreto nro. 10-2012 del Congreso), conforman el denominado “Paquetazo Tributario 2012”, que le recetaron a la clase media los laboriosos “militantes tributarios”.

 

Dicha sentencia fue publicada en el Diario de Centro América (oficial) el pasado lunes 7, por lo que, a partir de esta fecha, la norma impugnada quedó sin vigencia.

La norma que fue expulsada del ordenamiento jurídico, por notoriamente inconstitucional, es la disposición del Artículo 38 del Decreto nro. 4-2012 del Congreso que reza: “La Administración Tributaria determinará los requisitos, características y demás condiciones necesarias para su obtención”. La CC fundamentó su decisión en que “(…) la decisión de requisitos, condiciones y características para la obtención de un documento de esa envergadura (solvencia fiscal), no puede quedar a la discreción del ente encargado de la administración tributaria (SAT) (…)”.

Por consiguiente, las disposiciones antitécnicas, antijurídicas y antieconómicas de las leyes del “Paquetazo Tributario 2012” siguen cayendo como fichas de dominó a raíz de las numerosas impugnaciones que se están planteando ante la CC. Por cierto, ha trascendido que próximamente serán impugnadas ante la CC otras 50 disposiciones tributarias.

La CC ya declaró inconstitucionales los Artículos 109 y 180, inciso 4, de la Ley de Actualización Tributaria y dejó en suspenso, entre otros, los Artículos 61, 114, inciso 9, y 180, inciso 4, de la Ley de Actualización Tributaria y 2, 27 y 31 de la Ley Antievasión II. Asimismo, ante la CC se están substanciando, entre otras, las impugnaciones contra los Artículos 8, 17, 59, 72, 103 y 105 de la Ley de Actualización Tributaria y 50 de la Ley Antievasión II.

Además, la inaplicabilidad del “Paquetazo Tributario 2012” ha obligado al Gobierno a decretar amnistías tributarias, rebajas de impuestos, exoneraciones a futuro de multas y contenciones de gasto ante la caída de la recaudación, sobre todo en aduanas e IVA. En mala hora el Gobierno fue “enllantado” por los “militantes tributarios” en la aventura de este “mamarracho tributario”, del cual ahora pretenden tomar distancia. ¿Interesante o no?

Publicado el 09 de octubre de 2013 en www.elperiodico.com.gt por Editorial El Periódico
http://www.elperiodico.com.gt/es/20131009/opinion/235843/?tpl=67131

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