Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), resolvieron la impugnación planteada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), contra la inscripción de la presidenciable Zury Ríos Sosa, del Partido Valor, sin considerar recursos que evidencian ilegalidades, según fuentes de esa organización política.
De acuerdo con el Partido Valor, los magistrados del TSE violaron el debido proceso y el artículo 130 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, que establece que las sesiones de esa entidad, durante el periodo electoral, deben ser públicas.
La violación se dio porque no existe evidencia de que los magistrados se hayan reunido para decidir que apelarían ante la Corte de Constitucionalidad (CC), el amparo definitivo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que obligó al TSE inscribir a Ríos Sosa.
Tampoco existe evidencia de que los magistrados se hayan reunido y acordado que el presidente de esa institución, apelara el amparo a favor de la presidenciable del Partido Valor.
Lo anterior pese a lo manifestado por el presidente del TSE y el portavoz de la entidad, que confirmaron en su momento, que el tema fue abordado en las sesiones del 25 y 26 de marzo, asunto del cual no existe evidencia porque no fueron convocados los fiscales de la organización política, señala el partido Valor en los recursos planteados ante el TSE y el memorial presentado en la Corte de Constitucionalidad.
“Artículo 130. Privacidad de las sesiones. Las sesiones del Tribunal Supremo Electoral serán privadas, pero durante el período electoral, los fiscales nacionales de los partidos políticos tienen el derecho de asistir a ellas con voz pero sin voto, para lo cual deberán ser convocados sin excepción alguna a todas las reuniones. Los fiscales nacionales pueden estar presentes en todo acto del proceso electoral, sin restricción alguna”.
UNA FUENTE DEL PARTIDO INDICA QUE NO SE LES CONVOCÓ A TODOS LOS FISCALES A ESTAS REUNIONES Y QUE LOS FISCALES DEL PARTIDO NO ACUDIERON A LA CITA PORQUE NO LOS CONVOCARON.
El partido solicitó copias certificadas de las actas de las supuestas reuniones como evidencia de que se les hubiera convocado, pero no les entregaron los documentos, por lo cual se decidió presentar los recursos de nulidad que tampoco fueron resueltos por el Tribunal Supremo Electoral.
Lo que argumenta la nulidad presentada por el Partido Valor es que la decisión de apelación del TSE es ilegal por no cumplir con los requisitos de la Ley Electoral al no haber actas que respalden la convocatoria de los fiscales en esta decisión, tampoco actas para respaldar que la decisión se tomó por todos los magistrados.
La organización política planteó estas ilegalidades a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad y les hizo ver que previo a resolver la impugnación del amparo, debían verificar la denuncia, pero los magistrados de la CC no atendieron la petición.
Los magistrados de la Corte revocaron el amparo a favor de Ríos Sosa y ahora el camino que emprenderá el Partido Valor es acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque consideran que se dio un fraude de ley y una flagrante violación a los derechos humanos de Zury Ríos Sosa.
No Responses