Antejuicio: ¿Garantía o impunidad?

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La figura del antejuicio está ligada al sistema de corrupción. Este derecho no puede ser considerado más que como una manera de entorpecer el debido proceso contra alguien sindicado de un acto ilegal; es decir, constituye uno de los tantos privilegios que ostentan los funcionarios públicos. Es tal el blindaje que, según la ley, “es un derecho inherente al cargo, inalienable, imprescriptible e irrenunciable”. La única manera en que un funcionario lo puede eludir es renunciando al cargo, pero no son muchos aquí con el coraje y la dignidad para hacerlo.

Entre las personas que gozan de este privilegio están: El presidente y vicepresidente, los ministros y viceministros, secretarios y subsecretarios, diputados, magistrados, jueces, alcaldes y concejales, el procurador de los derechos humanos, el superintendente de bancos, el intendente de verificación especial, el contralor general, gobernadores y vicegobernadores, superintendentes, directores y subdirectores de policía y fiscales distritales departamentales. En épocas electorales más de 88 mil personas gozan de antejuicio; es decir, no pueden ser procesadas hasta que  un ente superior lo autorice. Por otro lado, la ley permite que durante el proceso penal en su contra el funcionario permanezca en el cargo, lo cual le confiere poder para influir en la resolución del juicio en su contra o bien facilitar la destrucción o alte-
ración de pruebas.

Este retardo del juicio, más que una garantía constitucional, la población lo percibe como una herramienta de impunidad y una violación al principio de igualdad ante la ley. En 2015 la Corte Suprema de Justicia y el Congreso recibieron 833 solicitudes de antejuicio, de las cuales solo 72 habían sido admitidas para su trámite. Hoy están avanzando los casos de impacto debido a la presión pública, sino, la demora maliciosa continuaría.

Esta falla de la administración de justicia obliga repensar el antejuicio. Igual que muchos ciudadanos y ciudadanas consideramos que el antejuicio es una figura innecesaria, que viola el debido proceso.

Una persona con indicios de haber cometido un acto ilícito no debe disfrutar de este beneficio, sino que, de inmediato, debe ser llevado a juicio sin importar si es o no funcionario público. Hay quienes proponen regularlo para que el funcionario pueda ser separado del cargo y mantener vigente la garantía solo para los presidentes de los tres poderes del Estado. Estas podrían ser las opciones menos drásticas ante la demanda social para que cesen la impunidad y la corrupción. No obstante, el vox populi prefiere suprimir la figura.

Lo mismo que deben tener fin en el caso electoral la reelección, el transfuguismo y las listas cerradas, el antejuicio tenemos que limitarlo o en caso extremo suprimirlo. De lo contrario el sistema seguirá igual. Hoy tenemos a un Iván Velásquez y a una Thelma Aldana. En el futuro ¿quién sabe cómo nos vaya? Los corruptos no escarmientan. Lejos de eso, en un sistema de partidos polìticos como el nuestro, se reciclan.

El antejuicio es una figura innecesaria, que viola el debido proceso. Una persona con indicios de haber cometido un acto ilícito no debe disfrutar de este beneficio… sin importar si es o no funcionario público.

Publicado por www.s21.gt el 13 de Junio 2016 por Byron Barrera
http://www.s21.gt/2016/06/antejuicio-garantia-impunidad/

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