El detonante de la corrupción

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Los ministerios deben tener capacidad de gestión. 
 
El Organismo Ejecutivo ejerce las funciones de gobierno y administrativa. La función de gobierno se traduce en la dirección de la política interior y exterior del Estado, en tanto que la función administrativa es la que se relaciona con la potestad reglamentaria, que se ejercita para el cumplimiento de las leyes sin alterar su espíritu, y con el desarrollo de los servicios públicos para la realización del bien común.

Asimismo, el Organismo Ejecutivo está conformado por el Presidente, el Vicepresidente, los ministros, los secretarios de la Presidencia, los gobernadores y demás funcionarios dependientes, así como por las entidades autónomas y descentralizadas, las cuales deben coordinar sus políticas con la política general del Estado y, en su caso, con la especial del ramo a que corresponda.

Conforme la Constitución, los ministerios, en el ámbito de la combinación central, están a cargo del despacho de los negocios del Ejecutivo. Esto excluye a los secretarios de la Presidencia y cualquier otra entidad, salvo, como ya indiqué, las entidades autónomas (municipios, Usac, IGSS, CDAG) y descentralizadas (INDE, Inguat, Guatel, SAT).

Por consiguiente, los ministerios y las entidades autónomas y descentralizadas, por definición, deben tener capacidad de gestión o administrativa, es decir la aptitud o habilidad para definir objetivos, formular políticas y procesos, diseñar programas, manuales y tareas, elaborar presupuestos, evaluar proyectos, administrar recursos humanos y de capital, así como para ejecutar planes de acción y presupuestos.

De suerte que si un ministerio o entidad descentralizada o autónoma no tiene capacidad de gestión y para cumplir sus fines tiene que delegar su función administrativa en otra entidad, no merecería vivir y debería ser suprimida, ya que su existencia se reduce a una mera organización intermediaria y burocrática.

En el sector público guatemalteco, bajo el socorrido argumento de la agilidad de la ejecución del gasto público, en lugar de fortalecer la capacidad administrativa de los ministerios y entidades descentralizadas y autónomas, se ha recurrido (bajo la figura de la delegación) a estructuras informales o sin residencia en el país, que han dado carta de naturaleza al “sistema paralelo de gasto público”, integrado por fondos sociales, secretarías presidenciales, fideicomisos de ejecución de gasto público, comisiones, oenegés y organismos internacionales (que operan por comisión), para administrar ilimitadamente fondos públicos y ejecutar proyectos. Este sector informal del Ejecutivo opera a través de atajos a la ley o sin observar las leyes (Ley de Contrataciones del Estado, Ley del Servicio Civil, Ley Orgánica del IGSS, Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, Ley de la Contraloría General de Cuentas).

El “sistema paralelo de gasto público” tiene su origen en el Artículo 3 de la Ley del Organismo Ejecutivo (emitida en 1997), que dispone: “Las funciones de gestión administrativa y de ejecución y supervisión de la obra y servicios públicos podrá delegarse a terceras personas, comités, asociaciones o entidades, cuando el Ejecutivo lo juzgare idóneo para lograr una mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus funciones. La modalidad, el ámbito material y el régimen de la delegación se establecerá por acuerdo gubernativo que deberá publicarse en el Diario Oficial (…)”.

Esta disposición legal dio pie a que no solo se desmantelara la capacidad de gestión de los ministerios y entidades descentralizadas y autónomas, sino que también a que se debilitara la capacidad de supervisión gubernamental; e, inequívocamente, fue el detonante de la corrupción endémica en el sector público.

Mientras no se desarticule, desmonte o inutilice el “sistema paralelo de gasto público”, caracterizado por el secreto y la opacidad, la discrecionalidad, la resistencia a rendir cuentas, la inaccesibilidad a la información, el fraude de ley y la imposibilidad de control y fiscalización, la corrupción seguirá viento en popa en el sector público. No nos engañemos.

Publicado el 09 de noviembre de 2015 en elperiodico.com.gt por Mario Fuentes Destarac
http://elperiodico.com.gt/2015/11/09/opinion/el-detonante-de-la-corrupcion/

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