Terror en las prisiones

Es hora que las autoridades enfrenten la situación imperante.
La situación de los centros de detención y cárceles en el país viene agravándose desde décadas atrás. Sigue aumentando el hacinamiento provocado en buena parte por la cantidad de reclusos, creciendo el número de personas detenidas por meses y años, sin ser llevadas a juicio y mucho menos condenadas. 

Por supuesto, aun aquellos que son conducidos al “preventivo” por razón de un accidente de tránsito, arriesgan su vida y su integridad y deben desembolsar a los “encargados” para poder contar con un colchón para dormir y con la protección ineludible para no ser objeto de agresiones y no le roben sus pertenencias.

El hacinamiento y la falta de control institucional han llevado a las autoridades a acomodar espacios en bases militares a efecto de garantizar la integridad de los detenidos y las condiciones de su reclusión.

Resulta preocupante que en los distintos gobiernos se han contratado los servicios de personas conocedoras del tema para elaborar estudios destinados a resolver las limitaciones y el descontrol de esos centros de detención; sin embargo, los trabajos quedan engavetados sin que nadie desempolve las propuestas que en su momento habrían contribuido a frenar el deterioro carcelario antes de caer en los extremos de anarquía que hoy privan en el país.

La reciente detención del señor Byron Lima y su red de colaboradores, pone sobre la mesa una de las tantas responsabilidades del Estado que han sido incumplidas, debido a la negligencia y la inoperancia de un sistema que solo se moviliza cuando algo se derrumba, o cuando hay incentivos ilegítimos que motivan a priorizar determinadas acciones.

Ciertamente con la situación que prevalece en los penales no solo se están ignorando las leyes internas sino la normativa internacional pertinente a Guatemala en virtud de los convenios internacionales suscritos y ratificados a lo largo de las últimas décadas.

En tal sentido, considero útil referirme a algunos criterios vertidos en un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en visita que se hizo en 2002 a la cárcel de Challapalca en Perú, ya que buena parte de su contenido resulta válido para Guatemala y los países del hemisferio americano.

El informe recuerda el derecho y la obligación que tienen los Estados de sancionar a las personas que cometen delitos, pero también afirma que las personas privadas de su libertad, “…que en su mayoría, tanto en Perú como en otros Estados del hemisferio, se encuentran en situación de detención preventiva, es decir, sin que un tribunal haya determinado su responsabilidad, carezcan del derecho de ser tratados con pleno respeto a la dignidad humana”.

El gran desfase entre las recomendaciones del informe citado y la situación que enfrenta nuestro país, es que aquel analiza una situación relacionada estrictamente con las falencias de las autoridades estatales, mientras que hoy día en Guatemala, no solo se enfrentan condiciones carcelarias que son atribuibles al sistema, sino también las amenazas a la vida y la integridad ante la pérdida de control sobre las pandillas y mafias que sí controlan los reclusorios.

Al efecto se cita el Artículo 7 de la misma Convención que nadie puede ser privado de su libertad física, “salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados partes o por las leyes dictadas conforme a ellas…”.

 Que toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y “tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso…”.

Es hora que las autoridades (Ejecutivo y Judicial) enfrenten la situación imperante y se supere el terror y la anarquía que domina las cárceles de Guatemala.

Publicado el 10 de septiembre de 2014 en www.elperiodico.com.gt por Marta Altolaguirre
http://www.elperiodico.com.gt/es/20140910/opinion/1642/Terror-en-las-prisiones.htm

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