CC dice “no” por tercera vez a Claudia Paz y Paz

Recurso legal interpuesto el sábado por la jefa del Ministerio Público (MP) fue declarado ayer sin lugar por ese máximo tribunal.
 
Martín Guzmán, secretario de la CC, explicó ayer los argumentos del fallo. 

Los argumentos de la fiscal general, Claudia Paz y Paz, planteados en un recurso de aclaración y ampliación en contra del amparo provisional que le ordena a la funcionaria entregar el cargo en mayo y no en diciembre, fueron rechazados ayer por el pleno de la Corte de Constitucionalidad (CC).

Martín Guzmán, secretario general de ese tribunal, señaló que la decisión fue unánime, ya que los magistrados consideraron que el fallo del pasado 7 de febrero, que declara sin lugar un recurso de revocatoria solicitado por Paz y Paz, carece de conceptos oscuros, ambiguos o contradictorios, como lo señaló la funcionaria en su recurso.

“Esta Corte advierte que, contrario a lo manifestado por la requirente, el pronunciamiento cuestionado no es ambiguo, porque está resuelto en una misma línea interpretativa, de conformidad con lo reclamado y su aplicación jurídica”, indicó Guzmán.

Tampoco es oscuro, “porque sus términos son claramente comprensibles”, ni contradictorio, “en tanto que los puntos de la decisión son coherentes entre sí”, añadió.

Ayer, la CC resolvió, además, un recurso de amparo, presentado por el abogado Ricardo Sagastume, en el cual ordenó al Congreso enviar un informe sobre el avance del proceso para instalar y juramentar a la Comisión de Postulación, a cargo de elegir a los candidatos a Fiscal General, también aceptó el escrito de siete ciudadanos para comparecer en este caso como terceros interesados.

En las siguientes 48 horas la CC decidirá si cuenta con suficientes elementos y pruebas para dictar una sentencia definitiva sobre ese amparo. Si lo cree necesario, la Corte abriría a prueba y la decisión se aplazaría por diez días más. La Fiscal General y las partes, pueden solicitar una vista pública.

El caso del TSE

 

El 29 de febrero de 1996, el Congreso de la República no aplicó los artículos transitorios 24 y 25 de la Carta Magna, sobre el periodo constitucional de los funcionarios. El caso se registró en la toma de posesión de la segunda cohorte del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

 

El primer pleno de ese tribunal fue juramentado el 13 de junio de 1989 y sus sustitutos debían asumir el mismo día y mes de 1995; sin embargo, los nuevos magistrados no fueron juramentados sino hasta febrero de 1996, es decir, siete meses después.

 

La razón de ese caso se explica en el acta del 29 de febrero de 1996, a la cual tuvo accesoelPeriódico, en la que Carlos García Regás, entonces presidente del Legislativo, explica que: “el periodo de los actuales magistrados tuvo fecha de vencimiento, pero quedaron en funciones en virtud de que el Congreso no integró el tribunal”. El documento anota: “No se trata de completar un periodo, sino que la ley establece claramente que serán seis años”. Desde entonces, los magistrados del TSE asumen en febrero y no en junio, pues su periodo corre a partir de que fueran juramentados.

 

Publicado el 11 de febrero de 2014 en www.elperiodico.com.gt por Claudia Méndez Villaseñor
http://www.elperiodico.com.gt/es/20140211/pais/242457/

No Responses

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


The reCAPTCHA verification period has expired. Please reload the page.