El Instituto de Magistrados de la Corte de Apelaciones del Organismo Judicial, emitió un extenso comunicado este lunes por medio del cual reclama el respeto a los principios de Independencia Judicial y Presunción de Inocencia y Debido Proceso.
La Asamblea de esta entidad desarrolla estos dos puntos y pide a los órganos de investigación ajustarse a lo establecido en la Constitución de la República y otras leyes que rigen el sistema de justicia.
“Reiteramos nuestros firme compromiso por la construcción de un verdadero Estado de Derecho, en el cual todos los habitantes estén plenamente sometidos al imperio de la ley, para lo cual se requiere irresctricto respeto a las garantías constitucionales dentro del desarrollo de los procesos judiciales”, señala parte introductoria del comunicado del referido Instituto.
Rechazan antejuicios y castigos sin fundamento
Lo primero que reclaman es el principio de la independencia judicial, “dispuesto en el artículo 203 de la Constitución”.
“Los magistrados y jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones y únicamente están sujetos a la Constitución y sus leyes…”
“Por ello rechazamos categóricamente la promoción de antejuicios y procedimientos disciplinarios contra jueces y magistrados sin fundamento alguno, con el argumento de estar en desacuerdo con la decisión jurisdiccional adoptada, pues los mismos constituyen una indebida presión a los juzgadores que violenta directamente su independencia”.
Asimismo, agrega que “las partes procesales al no estar de acuerdo con las resoluciones judiciales, pueden pedir su revisión únicamente mediante medios de impugnación contemplados en la ley para cada uno de los procesos judiciales”.
Un llamado de atención a la PNC y al MP
Aparte de lo anterior, la Asamblea del Instituto reclama el respeto a los principios constitucionales de Presunción de Inocencia y Debido Proceso.
En ese sentido, los magistrados hacen un llamado a la Policía Nacional Civil y el Ministerio Público (MP) para ajustar sus acciones a lo previsto en los artículos 12, 13 y 14 de la Constitución.
“Las autoridades policiales tiene prohibición constitucional de exhibir ante los medios de comunicación a las personas detenidas, mientras no hayan sido previamente escuchadas por un juez competente”
“El Ministerio Público y las autoridades bajo su dirección, deben asbtenerse de presentar ante los medios de comunicación a las personas detenidas sin autorización judicial, según lo expresamente dispuesto por el artículo 7 de su propia Ley Orgánica”.
“De conformidad con lo dispuesto por el artículo 314 del Código Procesal Penal, las diligencias de investigación tienen carácter reservado para las personas ajenas al proceso, por lo que la publicidad del proceso penal en esta etapa abarca únicamente a las partes procesales, de tal forma que resulta ilegal la realización de conferencias de prensa en las que se publiquen diligencias de investigación”.
En otro párrafo del comunicado, el Instituto de Magistrados de la Corte de Apelaciones del Organismo Judicial señala:
“Manifestamos nuestro rechazo a la mediatización de los fallos, en los que se descalifica con ligereza el quehacer jurisdiccional, poniendo en grave riesgo la certeza jurídica y la confianza ciudadana en el sistema de justicia; además de poner en entredicho la dignidad e idoneidad del juzgador y en grave riesgo su seguridad física y su vida, así como la situación de los sujetos procesales que aún se dilucida”.
Por último, el citado Instituto concluye que “estas acciones desafortunadas, están encaminadas a deslegitimar al función jurisdiccional, lo que significa un desgaste a la credibilidad de las instituciones del Estado, con lo cual se debilita el Estado de Derecho y lesiona gravemente nuestra democracia.
El MP responde al señalamiento
Luego del comunicado del Instituto de Magistrados de la Corte de Apelaciones del Organismo Judicial, se buscó una reacción del MP y esto fue la respuesta de la institución:
“Las conferencias de prensa en el MP se hacen por transparencia, en casos que no tienen reserva y con información preliminar que no afecte los casos ni vulnere los derechos de las personas.
Por Luis González, 12 de marzo de 2018, en República
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