
La CC no puede extender el mandato de la CICIG que
concluye el 3 de septiembre de 2019, señala el Centro para la Defensa
de la Constitución (Cedecon).
“La Constitución y la Ley de Amparo limitan las funciones de la Corte
de Constitucionalidad, que no puede hacerse cargo de la política
exterior, tampoco tiene jurisdicción y competencia de tribunal
internacional por lo que no puede ningún tribunal de un Estado,
incluido el guatemalteco, ignorar el plazo de vencimiento de un
convenio internacional”
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