CDAG contrató seguro para sus empleados los últimos días de diciembre

La Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala (CDAG) aprovechó los últimos días de 2017 para adquirir un seguro de vida, gastos médicos y odontológicos para sus trabajadores.

La póliza, que tendrá vigencia de dos años, le costará al Estado 10 millones 981 mil quetzales. La CDAG desembolsará 457 mil 548 quetzales al mes para mantener asegurados a 975 empleados.

“Es un gasto injustificado, porque se supone que el dinero que va a la CDAG es para el deporte”, enfatiza el presidente de Acción Ciudadana, Manfredo Marroquín.

La adquisición fue efectuada el pasado 28 de diciembre, el penúltimo día hábil de 2017, bajo la modalidad de “proveedor único” a pesar de que hay varias aseguradoras en el país.

La CDAG defiende el contrato con Seguros Universales, la misma compañía que ha prestado el servicio desde 2015, argumentando que es para “no perder la preexistencia ganada en las coberturas de seguros de años pasados”, lo que está regulado en el artículo 28 del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones del Estado; es decir, para que la póliza cubra enfermedades que los trabajadores padecen desde hace varios años.

La póliza de la CDAG contempla que por muerte natural de uno de sus trabajadores, la familia debe recibir 100 mil quetzales; si la muerte es accidental o de forma violenta, el pago será de 200 mil quetzales.

Además de gastos de hospitalización y consultas médicas, el seguro cubre hasta 8 mil quetzales por tratamientos odontológicos y 10 consultas con el psicólogo al año.

Pacto colectivo

La contratación del seguro está contemplada en el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo de la CDAG, asegura el jefe de prensa de esta institución, Francisco Ardón.

Este acuerdo entre los sindicalistas y las autoridades de la institución también obliga al Estado a celebrarle un convivio navideño a los hijos de los trabajadores, quienes reciben un regalo ese día.

Este convenio laboral permite que los hijos de los empleados hereden las plazas laborales de sus padres en caso de muerte o de ser declarados “incapaces” por el IGSS.


Por José Miguel Castañeda, 03 de Enero de 2018, en Soy502

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