¿En defensa propia?

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Publicado por www.elperiodico.com.gt el 01 de Septiembre de 2016.

http://elperiodico.com.gt/2016/09/01/opinion/en-defensa-propia/


El viernes pasado, el equipo de expertos forenses independientes, formado por la Organización de Estados Americanos (OEA), que llevó a cabo la investigación de la muerte violenta del niño guatemalteco, Julio Alvarado, ocurrida el 20 de abril de este año, en la zona de adyacencia entre Guatemala y Belice, descartó que soldados beliceños hayan dado muerte al menor.

 

No obstante, el estadounidense James Hamby y la mexicana Patricia Trujillo, que integraron dicho equipo de expertos forenses, expresaron, en su informe, que la investigación evidenció que las heridas fueron provocadas por una escopeta y un rifle que portaban miembros de una ONG de ambientalistas beliceños que acompañaban la patrulla de soldados beliceños, que presuntamente encontraron al menor, a su padre y su hermano, quienes resultaron heridos de bala, realizando cacería ilegal a 562 metros al Este de la llamada zona de adyacencia que administra Belice; y que, aunque los soldados beliceños accionaron una carabina “en defensa propia”, no impactaron a los guatemaltecos.

 

El equipo de expertos forenses también concluyó que “hay evidencia” que los guatemaltecos realizaron disparos contra los beliceños por orificios de bala en dos ramas de un árbol “hechas desde donde estaba posicionada la familia Alvarado”. Además, los expertos reconocen que se contaminó la escena del crimen y desaparecieron evidencias.

 

El primer ministro de Belice, Dean Barrow, en respuesta al resultado de la referida investigación forense, expresó con suficiencia: “Espero que sean lo suficientemente maduros como para aceptar que erraron, que las acusaciones que hicieron contra las fuerzas beliceñas fueron injustificadas y que le deben a Belice una disculpa”.

 

Por otro lado, Magdalena Talamás, representante del Secretario General de la OEA, dijo: “No podemos evitar lo que pasó y hay que darle vuelta a la página”.

 

¿En defensa propia? Es decir en legítima defensa. Sin embargo, olvidan los expertos “independientes” y las autoridades de la OEA que los supuestos de la legítima defensa son: (i) Agresión ilegítima; (ii) Necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión ilegítima; y (iii) Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

 

Un contingente de militares y paramilitares beliceños, fuertemente armados, se enfrentó a balazos con tres campesinos guatemaltecos, un adulto y dos menores de edad, quienes presuntamente cazaban del lado de Belice y presuntamente también dispararon a los gendarmes beliceños con un rifle calibre .22, porque se encontraron dos ramas de árbol impactadas (¿con tiros de quién?). ¿Puede deducirse con suficiencia y objetividad una agresión ilegítima, la necesidad racional del medio empleado para repeler dicha agresión y la falta de provocación suficiente por parte del defensor? ¡Por favor! ¡Nos quieren dar atole con el dedo!

 

Este es un caso que debe presentarse ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para que sea juzgado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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