Ordenamiento territorial (I)

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Una seria amenaza se gesta en los pasillos del Congreso de la pseudo-República. Un grupo de “honorables” diputados, liderados por el más jóven y tal véz el más tránsfuga de la legislatura anterior (Juan Manuel Giordano), propusieron en octubre pasado a la Comisión Extraordinaria del Catastro y Ordenamiento Territorial, la iniciativa de ley 4,995 o Ley Marco de Ordenamiento Territorial. Muy discretos y en el mejor momento del año para expoliar legalmente (las fiestas navideñas), esta comisión emitió dictámen favorable en noviembre de 2015 y ha trasladando al “Honorable” Pleno la responsabilidad de aprobarla.

La amenaza es de magnitudes inimaginables y podría decir que mi primera impresión al leer el documento fue la de estar frente a una ley dictada por el socialista Fidel Castro, en la Cuba socialista. Desde su exposición de motivos, sus 8 considerandos y sus 88 artículos, la iniciativa engendra una serie de ultrajes a los derechos individuales, y específicamente a la propiedad privada y a la libertad de todos los guatemaltecos.

Sobre premisas tan perversas como la del “bien común” y el “interés general”, la corrupta parafernalia del “cambio climático” y la idea tan errada de que el Estado concentra todo el conocimiento y por tanto es capaz de solucionar todos tus problemas, incluyendo el de la “vivienda” y “el ordenamiento del territorio”, la ley para empezar ensancha el aparato estatal, creando para ello un Sistema, un Consejo, un Ministerio y una Mesa Técnica Interinstitucional; todos de ordenamiento territorial. Como si no tuviésemos ya suficiente o más bien dicho, en abundante exceso con tanto parásito gubernamental que lo único que hace es entorpecer toda actividad que realizamos los guatemaltecos, al menos la de los buenos que somos mayoría.

Mucho habrá que analizar, criticar y hasta proponer sobre los temas ambientales que se abordan en la ley y para ello emplearé mis próximos artículos. Lo que de momento considero urgente es hacerte saber estimado lector que la ley vulnera gravemente el derecho a disponer de tu propiedad y hacer uso de ella libremente pues la iniciativa de ley establece como “instrumentos de actuación y de gestión del suelo” la “expropiación” (Art. 66) y el “impuesto al suelo subutilizado” (Art. 71). ¿Cómo es posible que bajo el argumento de la “utilidad colectiva, el beneficio social y el interés público”, tu propiedad pueda serte arrebatada? ¿Cómo es posible que el gobierno te obligue a utilizar tu propiedad como a ellos, los omniscientes, les parece que debes usarla? Y si no, castigarte con un impuesto…¿cómo es posible semejante arrogancia y robo legalizado? Eso tiene un nombre y hay que decirlo fuerte y claro: ¡es socialismo en su máxima expresión!

¡Estimado lector, no debes permitir que esta ley sea aprobada! E insisto, de nada ha servido tanto plantón en la plaza y la elección del menos-peor si esta batalla la pierdes.

Termino, por ahora, aludiendo nuevamente a mí filósofo favorito, Bastiat, quien en La Ley y sobre la perversión de esta nos recuerda: “En la legislación de un pueblo, la expoliación legal es una mancha oscura, y se impone borrarla [o evitarla] de inmediato, sin prestar oídos a los clamores de los interesados. ¿Cómo hemos de reconocer esa mancha oscura? Es muy simple. Bastará examinar si la ley quita a unos lo que les pertenece, para entregar a otros lo que no les pertenece. Bastará preguntar si la ley ejecuta, para provecho de un ciudadano y en detrimento de otro, un acto que el ciudadano no podría ejecutar a título personal sin cometer un delito. En tal caso, la ley examinada debe ser abrogada de inmediato, porque no sólo es en sí misma iniquidad, sino que, por añadidura, es manantial fecundo de iniquidades”. Qué mejor texto para reiterarte que esta ley es eso…un manantial fecundo de iniquidades. Continuaré.

Publicado el 03 de febrero de 2016 en www.republicagt.com por Jorge Chapas 
http://www.republicagt.com/opinion/ordenamiento-territorial-i/

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