Federico Bauer Rodríguez

La propiedad en Guatemala -columna de Federico Bauer Rodríguez-

La propiedad en Guatemala
La ley viene a enturbiar el régimen de la propiedad privada.
Federico Bauer Rodríguez

El Artículo 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reza:

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

La Constitución de la República de Guatemala la garantiza expresamente, pero la realidad es muy distinta, ya que en nuestra patria esos derechos de propiedad son víctimas de interpretaciones relativistas. Veamos:

Tenemos propiedades urbanas, bien delimitadas, con números de registro, cuyos propietarios pueden usufructuarlas, venderlas, arrendarlas o hipotecarlas libremente; los propietarios de estas propiedades tienen el riesgo de ser víctimas de fraudes registrales.

Tenemos propiedades rurales, bien delimitadas, con números de registro, cuyos propietarios corren con dos riesgos: el de las transferencias fraudulentas, y el riesgo de invasiones; en el caso de invasiones estas se dan con la excusa de tener “derechos históricos” sobre la propiedad invadida, y el Ministerio Público (MP), cegado por la venda ideológica, hace muy poco por procesar a los invasores.

Tenemos propiedades rurales –especialmente en el altiplano– que no tienen registro formal y cuyos propietarios –especialmente indígenas– si mucho tienen “derechos de ocupación” otorgados por alcaldes de su vecindad; estas propiedades no se pueden hipotecar, por lo que sus dueños no son sujetos de crédito, y la definición de los linderos es causa de conflictos violentos entre vecinos. A estas propiedades urge darles titulación supletoria con el fin de eliminar la conflictividad de las mismas, como se hizo en Perú hace unos años.

Tenemos propiedades públicas que han sido transferidas a militares, funcionarios y particulares de forma fraudulenta.

Tenemos propiedades públicas que han sido invadidas por particulares de manera arbitraria, ante el ojo complaciente de las autoridades.

Tenemos propiedades públicas que se han concesionado (privatizado) de forma poco transparente, como las frecuencias, terminal de contenedores y muchísimos ejemplos más.

Tenemos propiedades públicas que se concesionan sin considerar los daños que el usufructuario causará a los vecinos, como sucede con algunos proyectos de minería; en muchos casos el daño ambiental es inventado o exagerado, y los que obtienen la concesión sufren del ataque de grupos terroristas que se oponen a cualquier proyecto que huela a desarrollo, como sucede con proyectos mineros y de generación eléctrica, ya sea hidráulica o térmica. El MP tampoco cumple con su responsabilidad en estos casos.

La Ley de Desarrollo Rural viene a enturbiar el régimen de la propiedad privada, y la comentaré en mi próxima columna, pero lo paradójico del tema es que los enemigos del régimen actual son patrocinados por los países nórdicos, que son los campeones en respetar derechos de propiedad (en su país).

Fuente: Columna publicada en ElPeriódico 5.12.12

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